La
Ley Provincial Nº 8.738 del ejercicio de las profesiones
de los graduados en Ciencias Económicas, estableció
en el inc. f) del Art. 35, como competencia de las Cámaras
del Consejo Profesional de Ciencias Económicas,
"estimular la solidaridad entre sus matriculados,
implantando y administrando regímenes de Seguridad
Social, ya sean previsionales o asistenciales".
En
virtud de tal facultad mediante Resolución Nº
5/84 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas
se creó el SISTEMA DE PRESTACIONES PREVISIONALES
dependiente de éste, cuyos beneficios alcanzaron
desde el año 1985 a los profesionales en Ciencias
Económicas de la Provincia de Santa Fe afiliados
al sistema y a sus causahabientes, brindando cobertura
ante las contingencias de vejez, invalidez y muerte. En
dicha Resolución se estableció la constitución
de una "Comisión de estudios y elaboración
de un anteproyecto que transforme esta resolución
en una Ley Provincial".
En
virtud de tal fin y en el entendimiento que los sistemas
previsionales deben ser dinámicos y acompañar
los procesos de cambios que se producen en la sociedad,
adecuándolos a sus necesidades y requerimientos,
es que luego de medulosos análisis técnicos,
jurídicos y actuariales, y de la discusión
permanente con los interesados, se elaboró el texto
consensuado del PROYECTO DE CREACIÓN DE LA CAJA
DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PROFESIONALES EN CIENCIAS
ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, que además
de responder a su objetivo de constitución a través
de una Ley Provincial, construyó un sistema que
se enmarca dentro de las características de los
Sistemas Previsionales modernos y en especial consonancia
con la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones
y Pensiones.
Este
proyecto se concretó con el dictado de la Ley Provincial
Nº 11.085 vigente desde el 01/01/1994. En la ley
se previó el reconocimiento y cómputo de
los servicios de quienes se habían afiliado voluntariamente
al Sistema de Prestaciones Previsionales. Ello permitió
a los profesionales de mayor edad tener la factibilidad
de jubilarse por este sistema.
Las
primeras modificaciones a la Ley Nº 11.085 se introdujeron
en el año 2003, a través de la Ley Provincial
Nº 12.135, y se refieren a los recursos con que se
financia la Caja.